A lo largo de esta entrada vamos
a explicar en qué consiste la Pensión no Contributiva por Jubilación.
Tal y como figura en la página
web del Gobierno de Aragón, la
Pensión no Contributiva de Jubilación asegura, a todos los
ciudadanos en situación de jubilación, y
en estado de necesidad, una prestación económica, asistencia
médico-farmacéutica gratuita y servicios sociales complementarios, aunque no se
haya cotizado o se haya hecho de forma insuficiente para tener derecho a una Pensión
Contributiva.
Las Pensiones no Contributivas por Jubilación se
abonan en 12 mensualidades más 2 pagas extraordinarias al año.
La cuantía de la Pensión no Contributiva se
establece de forma individualizada para cada persona beneficiaria de la misma. Para
determinar dicha cuantía, se tiene en consideración las rentas o ingresos de
que disponga el titular, bien individualmente o, en su defecto, las rentas o
ingresos anuales de todos los miembros de su Unidad Económica de Convivencia.
Los requisitos para su solicitud son:
- Ser mayor de 65 años en la fecha de la solicitud.
- Residir legalmente en territorio español y haberlo hecho durante 10 años, entre la edad de 16 años y la de devengo de la pensión, de los cuales dos deberán ser consecutivos e inmediatamente anteriores a la fecha de la solicitud.
- Carecer de rentas o ingresos suficientes. Se considera que el interesado carece de rentas o ingresos suficientes cuando la suma, en cómputo anual, de los ingresos propios, sea inferior al importe, también en cómputo anual, de la pensión (5.136,60€).
No obstante, si
el solicitante carece de rentas e ingresos, pero reside en una unidad de
convivencia, únicamente se entenderá cumplido el requisito cuando la suma de
las rentas o ingresos de todos los miembros de la unidad de convivencia no
supere el límite de acumulación de recursos establecido, que se puede consultar
en el Hogar. Existirá unidad económica
en todos los casos de convivencia del beneficiario con otras personas unidas
con él por matrimonio o lazos de parentesco de consanguinidad o adopción hasta
el segundo grado (padres, hijos, nietos y hermanos del solicitante).
La cuantía de la Pensión no Contributiva
viene establecida, en su importe anual, por la Ley de Presupuestos Generales del Estado, y para
2015 se ha establecido en 5.136,60€
al año.
La Pensión no Contributiva se
puede solicitar en la Dirección Provincial
del IASS de Zaragoza (Pº Rosales, 28), en los Hogares de Personas Mayores del
Gobierno de Aragón, o en los Centros Municipales de Servicios Sociales
dependientes del Ayuntamiento de Zaragoza.
Para ello, es
necesario aportar la solicitud (que aparece en la página web), la fotocopia del
DNI junto con el original, y la documentación acreditativa de los ingresos del
solicitante o los miembros de la unidad de convivencia, si los hubiera.
En el plazo de
tres meses, se comunica por correo la resolución. Si no se recibe respuesta, se considera
desestimada la petición.
Esperamos que os haya aclarado las dudas acerca
de este tipo de pensiones. No obstante,
ante cualquier consulta, podéis pasar por el despacho de la Trabajadora Social
del Hogar, que os atenderá y ayudará en lo preciséis.
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